El Ejecutivo mantiene su plan de incluir la 'ley de nietos' mediante una enmienda en la Ley de Educación
El Gobierno recurre a una ley educativa para mantener viva la regulación anulada cautelarmente por el Tribunal Supremo

En la teoría, la iniciativa legislativa persigue la mejora de la arquitectura educativa nacional. En la práctica, supone una vía instrumental empleada por el Gobierno de coalición para sortear una resolución desfavorable dictada por el Tribunal Supremo. El PSOE y Sumar, valiéndose de su mayoría en la Mesa de la Comisión de Educación, Formación Profesional y Deportes, han mantenido su hoja de ruta al admitir a trámite una propuesta de modificación dentro de un proyecto normativo sobre enseñanza. Dicha enmienda busca reformar la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, popularmente conocida como la 'ley de nietos', desoyendo formalmente las advertencias jurídicas formuladas por los letrados de las Cortes.
El origen del litigio sobre el derecho de sufragio de los descendientes
El procedimiento parlamentario no ha resultado sobrevenido, tras haber sido anunciado públicamente en sede congresual por los representantes de Izquierda Unida (IU) Enrique Santiago, Toni Valero y Engracia Rivera. El conflicto jurídico tiene su origen en la instrucción dictada por el Ministerio de Justicia que suprimía la exigencia de acreditar la condición de exiliado político para otorgar la nacionalidad a los descendientes de emigrantes españoles. Frente a dicho texto, el Tribunal Supremo acordó la suspensión cautelar del derecho de sufragio activo para quienes hubieran tramitado su ciudadanía por este cauce, imponiendo el requisito de certificar documentalmente la vinculación de su ascendiente con el municipio de inscripción.
La estrategia parlamentaria de Sumar y la petición de dictámenes
Ante esta resolución, el Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar anunció la presentación de una propuesta de modificación en la primera norma en tramitación —la reforma de la Ley de Educación y de la Ley de Mejora de las Condiciones para el Desempeño de la Docencia— con el fin de contrarrestar el criterio del Supremo, al estimar que conculca el derecho fundamental al voto. A instancias de Vox, la comisión encargó un análisis técnico sobre la idoneidad del texto presentado.
El dictamen desfavorable de los letrados de la Cámara
El informe elaborado por el letrado Fernando Dorado concluye de forma tajante la invalidez técnica de la enmienda número 63 impulsada por Sumar. El documento explicita que el contenido de la propuesta carece de todo «punto de conexión material» con el objeto de la reforma educativa, vulnerando el principio de homogeneidad regulado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la cual exige la congruencia directa y la subordinación funcional de las enmiendas respecto al texto original de la iniciativa.
Calificación de la enmienda en la Mesa de la Comisión
A pesar de la contundencia de las conclusiones jurídicas, la Mesa de la Comisión de Educación aprobó la admisión a trámite de la enmienda con los votos favorables del PSOE (2) y Sumar (1), frente al rechazo del Partido Popular (2). La mayoría justificó su decisión alegando que inadmitir el debate conculcaría el derecho a la participación pública recogido en el artículo 23 de la Carta Magna, un argumento desestimado en el informe técnico pero aplicado de forma análoga a otros antecedentes legislativos por las fuerzas de la coalición.
Alcance de la modificación propuesta sobre la condición de exiliado
Desde los sectores de la oposición se califica el movimiento como un nuevo automatismo dentro de la dinámica parlamentaria del Ejecutivo. La enmienda planteada persigue plasmar en el rango de ley los criterios aplicados por la instrucción de Justicia impulsada en su día por la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente. Dicha directiva eliminaba la necesidad de justificar las causas del exilio para acceder a la nacionalidad, frente a la norma de 2022 que la condicionaba al padecimiento de persecución por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de identidad sexual.
El texto registrado por Sumar prevé establecer la presunción legal de la condición de exiliado a «todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955». Con esta formulación, la automática consideración de exiliado abarca a cualquier migrante de dicho período histórico, si bien acota la ventana temporal a la Guerra Civil y la posguerra, a diferencia de la praxis consular previa que daba cobertura a emigraciones anteriores a 1936.
Escenario de votación y recursos presentados por la oposición
Tras superar la fase de calificación, el articulado deberá ser sometido a votación en el seno de la Comisión de Educación durante el debate del proyecto de ley. Una articulación de votos en contra por parte del PP, Vox, Junts y UPN frustraría la aprobación de la cláusula. Paralelamente, el Grupo Parlamentario Popular ha anunciado la interposición de un recurso ante la Mesa del Congreso contra la admisión de la enmienda, acusando al Ejecutivo de emplear un cauce legislativo ajeno a la materia con el propósito de captar apoyos electorales en el exterior.




